Wednesday, May 5, 2010

Ralito: Hacia una teoría general del uribismo (Parte I)

Esto me va a tomar varios apuntes en este blog. Es un tema que me ha dado vueltas en la cabeza hace mucho tiempo y que tiene muchísimas ramificaciones así que, paciencia.

Ahora que la Administración Uribe llega a su fin, vale la pena preguntarnos qué viene ahora. Pero para eso hay que entender de dónde surgió el uribismo, qué logró y cuáles de sus aspectos tienen la probabilidad de sobrevivir al retiro de su líder. 

En mi caso, esto se une a un interés teórico que me viene desde hace rato: el papel de los "poderes fácticos" en una democracia. Lo peor no pasó: Colombia no se volvió una dictadura, Uribe va a salir de la presidencia sin más marrullas constitucionales y, para sorpresa de propios y extraños, es bien probable que su ungido sucesor sea derrotado en elecciones libres y limpias.  

Pero si uno cree, como creo yo, que el desempeño de una democracia depende no solamente de que haya elecciones sino de cómo funciona su estructura profunda, entonces las consecuencias políticas del uribismo aparecen como algo más duradero y más inquietante. Me va a tomar tiempo explicarlo. Aquí va la primera parte.

Comencemos por los documentos que publicó Semana recientemente con las conversaciones entre Luis Carlos Restrepo, en aquel entonces Comisionado de Paz y las AUC. Curiosamente, si se leen con malicia, son unas conversaciones un tanto aburridas. Es decir, si uno cree que se trata de un "embuchado," que Restrepo es un aliado de los paramilitares y que todo este diálogo sobre el Estado es para la galería, no hay mucho que pensar aparte de admirarse por el cinismo de los participantes.

Pero, ingenuo que soy yo, a mí me cuesta trabajo creer que se trate de conversaciones fraudulentas. Al fin y al cabo, era un documento secreto que no se pensaba publicar. Entonces, no queda claro por qué Restrepo insistiría todo el tiempo en marcar distancia de los paramilitares. En un pasaje interesante, Restrepo reconoce que desde la campaña presidencial de Uribe en el 2002 ya circulaban muchísimos rumores sobre los nexos de aquel con los "paras" y sin embargo él (Restrepo) se toma el trabajo de desmentirlos. 

A mí, al igual que a muchos otros, me cuesta trabajo creer que Uribe no ha tenido nexos con el paramilitarismo. Hay demasiadas coincidencias. Pero eso no es lo importante aquí. Lo que me interesa analizar es la dinámica del proyecto político uribista más allá de las personas, es decir, tratar de entender cómo funciona el uribismo aún si suponemos que sus participantes son inocentes. Por eso, supongamos que, independientemente de que Uribe fuera o no culpable de todo lo que le endilgamos, el Comisionado Restrepo estuviera convencido de la inocencia de su jefe. Entonces las conversaciones se vuelven más interesantes.

Para empezar, aunque no soy abogado, estoy casi seguro de que en Colombia existe el derecho a la legítima defensa. Si se va a meter un ladrón a mi casa, yo tengo el derecho de dispararle, matándolo incluso si así resulta. Si alguien me va a secuestrar en mi finca, yo tengo el derecho de repeler el intento con las armas si es necesario y así termine matando al agresor. En ese sentido, el gobierno no tiene por qué reunirse con un grupo de ciudadanos que están involucrados en actividades de autodefensa. Entonces, preguntémonos ingenuamente, ¿por qué la reunión? 

La respuesta es obvia: las AUC, contrario a lo que decía su nombre, no eran un grupo de autodefensa en el sentido estricto del término. Siguiendo con mi ejemplo, aunque yo tengo derecho a repeler un intento de secuestro en mi finca, la ley colombiana no me da el derecho de hacerle seguimiento a un trabajador de la finca para ver si le está pasando información a la guerrilla y luego matarlo. Eso ya no es autodefensa, eso es un ataque "preventivo" (en un sentido muy laxo del término) que en Colombia sólo el Estado puede decidir si lo lanza o no. Extendiéndonos más, si la ley no me permite buscar y matar a colaboradores activos de la guerrilla, mucho menos me permite decidir a mí cuál es la definición de "colaborador" y pasar de allí a "simpatizante" y proceder a matar a todo el que ma parezca que cae en la segunda categoría. A todas estas, conviene recordar que en Colombia la Constitución del 91 no contempla la pena de muerte bajo ninguna circunstancia. Así que las actividades de las AUC no eran actividades de autodefensa, eran algo distinto: se trataba de crear un orden estatal embrionario en sus zonas de dominio, un orden diferente al que existe consagrado en la Constitución.

Desde esta óptica, las conversaciones Restrepo-AUC son conversaciones entre dos Estados. El nacional, legítimamente constituido, y el Estado de hecho creado por los paras. Lo curioso es que en estas conversaciones queda claro que, a pesar de las diferencias que existen entre ambos Estados, ¡ambos se perciben como aliados! Restrepo les pide a las AUC que le den la oportunidad de demostrar que el Estado nacional puede llevar a cabo las mismas tareas que ellos cumplían, en especial, tareas de contrainsurgencia.

En principio, esto no sorprende. Pero imaginémonos por un instante que el Comisionado Restrepo le dijera algo así a las FARC. Imaginémonos que Restrepo le dice a las FARC que reconoce su labor de pacificación en las zonas de frontera agraria y que de lo que se trata ahora es de normalizar y legalizar el tipo de control político que las FARC ejercen allí. 

Absurdo, ¿cierto? Pero ¿por qué es absurdo? Por la sencilla razón de que el orden político que estaban defendiendo las AUC es el mismo orden político que defiende el gobierno, pero no ocurre lo mismo con las FARC.

Voy a interrumpir aquí. Pero a quien esté leyendo esto le dejo una pregunta de tarea: si lo dicho hasta ahora es cierto, ¿en qué queda el cuento de que el conflicto con las FARC no es ideológico?

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